Con fecha 20 de enero de 2021, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha dictado Auto nº 135/2021 en el Procedimiento Ordinario 0000123/2021, en el que ratifica las medidas sanitarias adoptadas en la Resolución de 18/01/2021 que afectan  a derechos fundamentales, salvo la medida sobre velatorios y comitivas fúnebres en relación a la permanencia de las mismas seis personas a lo largo del tiempo que dure el velatorio o  la comitiva fúnebre.

De este modo dicho punto queda redactado de la siguiente forma:

6. Actividades religiosas de ámbito social:

• Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.

• Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas, bautizos y sepelios: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.

La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.